Articulo 2 para la contratación socialmente responsable y mediambientalmente sostenible en el Consell Insular de Menorca -Vigente-
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»Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación
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1. La instrucción está dirigida a todos los órganos de contratación del Consejo Insular de Menorca.
2. Todos los órganos de contratación deben cumplir lo dispuesto en esta instrucción en el momento de elaborar los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos.
