Articulo 2 Criterios de autorización de centros de atención infantil para la isla de Mallorca
Ver Indice
»Artículo 2. Finalidad
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Estos centros tienen como finalidad la atención y el cuidado de los niños y niñas, en el marco de un grupo, con el fin de contribuir a su bienestar y a su proceso evolutivo y, si es el caso, facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. Estos servicios tienen que dar respuesta esmerada a las necesidades de atención física, psíquica, social, afectiva e higiénica de los niños y niñas, con el objetivo de completar las funciones propias de la familia, durante el tiempo de estancia en el centro en un ambiente de bienestar, estimulante y de seguridad; y favorecer su desarrollo personal, teniendo siempre presente el interés superior del menor.
