Articulo 2 Declaracion del Parque Natural del Montgri, les Illes Medes i el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral
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»Artículo 2. Parque Natural
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1. Se declaran Parque Natural las islas Medes, el macizo del Montgrí y su entorno marino, y el litoral del bajo Ter, de conformidad con la delimitación gráfica que contiene el anexo 1 y la descripción del anexo 2.
2. El Parque Natural del Montgrí, les Illes Medes i el Baix Ter comprende territorios de los municipios de Torroella de Montgrí, Pals, Bellcaire d Empordà, Palau-sator, Ullà, Fontanilles y Gualta, de la comarca del Baix Empordà, y del municipio de L Escala, de la comarca del Alt Empordà, así como los espacios marinos adyacentes a la costa del Montgrí y alrededor de las islas Medes.
