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Artículo 2.DECRETO 5/2026, de 12 de febrero

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Artículo 2. Definiciones.

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A los efectos del presente decreto, las definiciones en materia de certificación de eficiencia energética de edificios serán las establecidas en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, así como en la normativa que lo desarrolle o sustituya.