Artículo 2. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer
Artículo 2. Festejos taurinos tradicionales.
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1. A los efectos de este reglamento, se consideran festejos tradicionales de bous al carrer los espectáculos taurinos en los que, popularmente, se sueltan, conducen, corren, torean o recortan reses bravas sin que, en ningún caso, haya lidia de la res.
2. Se entenderán incluidos en este concepto las modalidades de suelta de reses (vaquillas y/o toro de corro), reses emboladas, encierros en sus distintas variantes, exhibición de reses cerriles, bou a la mar, reses ensogadas y concurso de recortes.
3. Se incluirán, asimismo, en este concepto aquellas otras modalidades cuyo carácter tradicional esté debidamente acreditado en territorio de la Comunitat Valenciana y siempre que existan antecedentes ciertos de su celebración presente o anterior. El carácter tradicional será incompatible con la introducción de elementos o medios materiales que supongan un riesgo para participantes, espectadores o reses, así como cuando suponga una desnaturalización de los mismos de acuerdo con la definición indicada en el apartado 1 de este artículo.
4. Los festejos taurinos tradicionales de otras comunidades autónomas o de otros países con tradición taurina podrán organizarse en la Comunitat Valenciana. En este sentido, dichos espectáculos se considerarán como una exhibición y su autorización exigirá el cumplimiento de las condiciones formales y de seguridad previstas en este reglamento.
