Articulo 2 DECRETOLEY2/2011,de4denoviembre,delConsell,deMedidasUrgentesdeImpulsoalaImplantacióndeActuacionesTerritorialesEstratégicas.
Artículo 2. Procedimiento para el desarrollo de una actuación territorial estratégica
1. La actuación territorial estratégica se inicia con una declaración del Consell, seguida de la elaboración y aprobación de una propuesta del plan o proyecto, que finalmente es objeto de ejecución y gestión.
2. La declaración del Consell será el documento prescriptivo de referencia para la redacción del plan o proyecto y su correspondiente informe ambiental.
3. La aprobación del plan y demás instrumentos urbanísticos corresponde a la conselleria competente en materia de territorio. El seguimiento y control de su ejecución corresponde al órgano de la administración que, en cada caso, designe el Consell.
La aprobación del plan o proyecto puede ser simultánea a la de los instrumentos para su desarrollo y ejecución cuando así lo permitan las circunstancias del caso.

