Articulo 2 se deja sin efectos la Orden de 31 de octubre 2025, por la que se adoptan medidas cautelares frente a la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC), y se establecen nuevas medidas cautelares
Segundo.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En todos los movimientos de ganado, además de la obligación legal existente de limpiar y desinfectar todos los vehículos de transporte ganadero, también será obligatoria la desinsectación de dichos vehículos y de los animales incluidos en los movimientos. No será obligatorio desinsectar los animales cuando el destino del movimiento sea el matadero.
Entre la documentación de acompañamiento de las partidas se exigirá el certificado de limpieza y desinfección emitido por un centro autorizado y una declaración responsable de haber realizado desinsectación del medio de transporte y de los animales. Se verificará de forma específica que en la documentación de todos los movimientos de ganado con origen o destino a la Comunidad Autónoma Vasca se indique de forma expresa el ATES (Código de Autorización de Transporte de Animales Vivos) del transportista.
