Articulo 2 Desarrolla la ...asistencia

Articulo 2 Desarrolla la LF. 3/2015, de libertad de acceso al entorno, deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia

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Artículo 2. Límite de cobertura de responsabilidad civil.

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1. Las personas usuarias de perros de asistencia tienen la obligación de tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños ocasionados por el perro a terceras personas, con un límite mínimo de cobertura de 300.000 euros por siniestro.

2. El titular del Departamento de Derechos Sociales podrá actualizar el límite de cobertura de responsabilidad civil establecido en el apartado anterior.