Articulo 2 desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-
Ver Indice
»Artículo 2.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Consejo del Patrimonio Histórico tiene como finalidad esencial facilitar la comunicación y el intercambio de programas de actuación e información relativos al Patrimonio Histórico Español entre las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas.
