Articulo 2 se determinan los domingos y días festivos para el año 2026 en que podrán permanecer abiertos al público los establecimientos comerciales sin plena libertad de apertura
Segundo.
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Los domingos y festivos en que los establecimientos comerciales sin plena libertad de apertura, podrán permanecer abiertos al público durante el año 2026 son:
- 4 de enero (acumulación de festivos con el día de Reyes).
- 11 de enero (comienzo de rebajas de invierno históricamente).
- 2 de abril (acumulación de festivos de Semana Santa. Jueves Santo).
- 6 de abril (acumulación de festivos de Semana Santa. Lunes de Pascua).
- 9 de junio (acumulación de festivos. Día de La Rioja).
- 15 de agosto (día de la Asunción de la Virgen).
- 6 de septiembre (campaña de vuelta escolar).
- 7 de diciembre (acumulación de festivos. Puente de la Constitución - Inmaculada).
- 20 de diciembre (campaña de Navidad).
- 27 de diciembre (campaña de Navidad).
