Articulo 2 Días festivos ... autónomos

Articulo 2 Días festivos entre semana correspondientes a las fiestas patronales para el personal de la Administración y sus organismos autónomos

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Para el personal que presta servicios en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra por la peculiaridad de su funcionamiento, así como para el personal que presta sus servicios en las localidades de Ansoáin, Barañáin, Berriozar, Villava, Burlada, Zizur Mayor, Cizur, Mutilva, Sarriguren y Cordovilla, se considerará festivo, con motivo de las fiestas patronales, el día que por tal concepto está fijado para el municipio de Pamplona, es decir, el 7 de julio.

La excepción prevista en el párrafo anterior no se extenderá al personal que presta sus servicios en la red de bibliotecas, al que le resultará de aplicación el festivo patronal de la localidad en la que se ubique el correspondiente centro de trabajo conforme al apartado primero de la presente resolución.