Articulo 2 la Directora G...de Navarra

Articulo 2 la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2016 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra

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La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos. Por lo que se ruega a los Ayuntamientos para que antes del próximo 15 de noviembre de 2015, remitan a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos, del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, propuesta de la festividad que ha de regir en esa localidad, con indicación de fecha y conmemoración. En el supuesto de que existan concejos integrados en su Ayuntamiento, deberá señalar igualmente las fiestas de los mismos.

En caso de no comunicar en el plazo señalado la festividad de carácter local, será este Departamento quien determine la misma, que será la que ya figura en el Boletín Oficial de Navarra, N.º 246 de fecha 18 de diciembre de 2014. Solamente en el supuesto de que esa fecha o la que señalara ese Ayuntamiento coincidiera en domingo o festivo, se trasladará automáticamente al día laborable siguiente.