Articulo 2 Directrices Generales de Ordenación Territorial
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Articulo 2 Directrices Generales de Ordenación Territorial

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Artículo 2. Ámbito.

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Las Directrices Generales de Ordenación Territorial tienen como ámbito de aplicación el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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  • Texto Original. Publicado el 29-07-1998 en vigor desde 30-07-1998