Articulo 2 Escuela Pública Vasca
Ver Indice
»Artículo 2.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se reconoce a los centros públicos docentes que componen la escuela pública vasca la autonomía de organización, pedagógica y de gestión en los términos que se regulan en esta ley.
