Artículo 2 se establece la estructura y las líneas estratégicas de actuación de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
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El ámbito de aplicación de la Red Local de Sostenibilidad de Cantabria está conformado por:
a) Municipios, mancomunidades y entidades no locales.
b) Órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria relacionados con la implementación de políticas activas en el ámbito del Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Sostenible.
c) Entidades con naturaleza jurídica propia que desarrollen acciones en el ámbito del desarrollo sostenible y/o de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
