Articulo 2 Estatuto de Au...-La Mancha

Articulo 2 Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha

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Artículo 2.

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1. El territorio de la región de Castilla-La Mancha corresponde al de los municipios que integran las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.

2. Una Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha regulará la organización territorial propia de la región sobre la base, en todo caso, del mantenimiento de la actual demarcación provincial.