Articulo 2 Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno
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Articulo 2 Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno

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Artículo 2. El Presidente.

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El Presidente de la Comunidad Autónoma ostenta la suprema representación de la Región de Murcia y la ordinaria del Estado en su territorio, preside el Consejo de Gobierno, y también dirige y coordina la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 19-01-2005