Articulo 2 Euskera
Ver Indice
»Art. 2.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El castellano y el euskera son lenguas propias de Navarra y, en consecuencia, todos los ciudadanos tienen derecho a conocerlas y a usarlas.
2. El castellano es la lengua oficial de Navarra. El euskera lo es también en los términos previstos en el articulo 9.º de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y en los de esta Ley Foral.
Modificaciones
- Artículo modificado (2 (se sustituye la expresión "vascuence" por la expresión "euskera")) por LEY FORAL 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence.
(NA de 06-07-2017) en vigor desde 07-07-2017

