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Articulo 2 Formularios para la presentación de información por parte de los prestadores de servicios de paquetería
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»Artículo 2
Vigente
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2018.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 112 de 2.5.2018, p. 19.
(2) Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (DO L 15 de 21.1.1998, p. 14).