Articulo 2 Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros
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Artículo 2. El Presidente.

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El Presidente de la Comunidad ostenta la más alta representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la ordinaria del Estado en el territorio de la misma, preside y dirige los órganos colegiados del Gobierno y coordina su actuación.

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  • Texto Original. Publicado el 13-11-2003 en vigor desde 03-12-2003