Articulo 2 Habilitación del sistema telemático de compensaciones por la pérdida ...n las cuotas del IAE
Articulo 2 Habilitación d...as del IAE

Articulo 2 Habilitación del sistema telemático de compensaciones por la pérdida de recaudación de EELL derivada de los beneficios fiscales en las cuotas del IAE

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Segundo. Presentación Telemática.

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Las solicitudes de compensación de los beneficios fiscales en la cuota del IAE se tramitarán exclusivamente a través de la Oficina Virtual de Entidades Locales, mediante la aplicación informática diseñada al efecto y siguiendo el modelo previsto en dicha aplicación. La solicitud, así como los diferentes certificados que la integran, quedarán firmados electrónicamente dentro de la propia aplicación. Cualquier solicitud remitida por cualquier otra vía no se admitirá a trámite.

Las comprobaciones de las solicitudes de compensación del IAE se hacen mediante un proceso de intercomunicación informática con las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por lo que, en caso de discrepancia en relación con los datos declarados, el Ayuntamiento o el Organismo solicitante deberá contactar directamente con la correspondiente Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y una vez solventada la incidencia, realizar una nueva solicitud.