Articulo 2 Impuesto sobre...de Navarra

Articulo 2 Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito de Navarra

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Artículo 2. Naturaleza y objeto del impuesto.

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El Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito es un tributo de carácter directo que grava, en la forma y condiciones previstas en esta ley foral, los depósitos constituidos en las entidades de crédito que actúen en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.