Articulo 2 Indemnizaciones por razón del servicio de la Junta
Artículo 2.
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1.- El presente Decreto será de aplicación a:
a) Los titulares de cargos nombrados por Decreto.
b) El personal funcionario, eventual e interino, que preste servicios en la Administración de la Junta de Andalucía, sus Organismos e Instituciones, así como al personal estatutario adscrito al Servicio Andaluz de Salud.
c) Las personas ajenas a la Administración de la Junta de Andalucía, por su participación en Organos Colegiados de la misma, en tribunales de oposiciones y concursos encargados de la selección de personal o de pruebas cuya superación sea necesaria para el ejercicio de profesiones o para la realización de actividades.
d) Al personal de alta dirección de las entidades de Derecho Público a que se refiere el número 1, apartado b) del artículo 6 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
e) Las personas ajenas a la Administración de la Junta de Andalucía por su participación en órganos arbitrales de consumo, colegiados o unipersonales, de la misma.
2.- Asimismo, será de aplicación al personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía cuando así lo disponga el respectivo convenio colectivo.
3.- Al personal dependiente de otras Administraciones Públicas que, en virtud de convenio, acuerdo con la Administración de origen o norma que lo prevea, preste servicios para la Administración de la Junta de Andalucía, sus Organismos e Instituciones, podrá devengar las dietas y gastos de desplazamiento previstas en la Sección 2ª del Capítulo II, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, dentro de los créditos presupuestarios asignados al efecto.
- Modificación realizada (2 (apdo. 1.e), se añade)) por Decreto-Ley 16/2014, de 23 de diciembre, por el que semodifican la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa yProtección de los Consumidores y Usuarios deAndalucía y la Ley 1/2014, de 24 de junio, de TransparenciaPública de Andalucía, y se establecen medidas enrelación con el Servicio de Inspección Técnicade Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios.
(JA de 29-12-2014) en vigor desde 29-12-2014 - Artículo modificado (2) por DECRETO 190/1993, de 28 de diciembre, por el que se modifica el 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía y se revisan determinadas cuantías.
(JA de 03-02-1994) en vigor desde 04-02-1994
