Articulo 2 se inscribe en... Cantabria

Articulo 2 se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cantabria

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Artículo 2. Naturaleza jurídica.

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1. El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Cantabria es una Corporación de Derecho Público de carácter profesional y de estructura y funcionamiento democrático, que agrupa a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a las subescalas de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención que ejercen sus funciones profesionales en el ámbito territorial del referido Colegio.

2. El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Cantabria tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines

3. El Colegio podrá adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar y enajenar toda clase de bienes y derechos y ejercitar las acciones y recursos procedentes en defensa de su patrimonio e intereses profesionales, pudiendo, a tales efectos comparecer ante los jueces, tribunales y autoridades de los distintos órdenes, de acuerdo con la legislación vigente.