Articulo 2 Instrucciones ... licencias

Articulo 2 Instrucciones sobre el régimen de vacaciones, permisos y licencias

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Segunda. Definiciones

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A los efectos de lo dispuesto en materia de permisos y licencias, se entiende por:

a) Familiar de primer grado por consanguinidad y afinidad y familiar de segundo grado por consanguinidad o afinidad el que se refleja en el siguiente cuadro:

Grados

Titular/cónyuge o parella de hecho

Madre/padre

Suegra/suegro

Hija/hijo

Nuera/yerno

Abuela/abuelo

Hermana/hermano

Cuñada/cuñado

Nieta/nieto

Se entiende asimilado al hijo o a la hija el menor en acogimiento preadoptivo, acogimiento familiar permanente o acogimiento familiar simple de duración superior a un año.

Asimismo, se entiende asimilado a familiar de primer grado el cónyuge o la pareja de hecho.

b) Pareja de hecho: es la que, respecto de la persona de referencia, mantiene una relación que puede acreditar a través de la inscripción en un registro público oficial de parejas de hecho.

c) Requerir especial dedicación: supone que es preciso que el sujeto reciba tratamiento, atención, cuidados o asistencia continuada de terceras personas debido a problemas de salud, entendida esta última como bienestar físico, psíquico o social.

d) Convivencia: relación basada en la cohabitación en el mismo domicilio.

e) Tener a su cargo: relación de dependencia que no implica convivencia.

f) Cuidado directo: relación de dependencia que implica convivencia.

g) Enfermedad muy grave: se considera como tal aquella que con tal carácter determine el facultativo en el correspondiente informe médico.

h) Enfermedad grave: se consideran enfermedades graves las enunciadas en el anexo del Real decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y el desarrollo en el sistema de la Seguridad Social de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave o en la norma que lo sustituya, o cuando así lo determine el informe médico clasificando una enfermedad como grave, de acuerdo con lo dispuesto en el citado real decreto (la relación de enfermedades graves figura como anexo de la presente resolución).