Articulo 2 Instrucciones sobre tramitación de reducción voluntaria del complemento específico
Articulo 2 Instrucciones sobre tramitación de reducción voluntaria del complemento específico
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»Segunda. Ámbito de aplicación
Vigente
Estas instrucciones serán de aplicación en relación con las solicitudes de reducción de complemento específico que sean formuladas por el personal funcionario, incluido el personal estatutario, cuyo puesto de trabajo principal se encuentre dentro del sector público de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.