Articulo 2 Justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias
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»Artículo 2. Finalidad de la ley foral.
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Esta ley foral tiene como finalidades:
a) Adoptar las medidas necesarias para garantizar la existencia de servicios, programas y procesos de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas de calidad homogénea, de acuerdo con su diferente naturaleza y legislación aplicable, en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
b) Establecer los objetivos de las políticas de fomento de la justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias.

