Articulo 2 Ley de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia
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»Artículo 2. Autorización
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Se autorizan expresamente las actuaciones e intervenciones sobre la estructura urbana y arquitectónica del conjunto histórico de Valencia que prevé el Plan Especial de Protección y de Reforma Interior del Cabanyal, aprobado definitivamente por Resolución de 2 de abril de 2001, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, ya que dicho plan produce una mejora de la relación del barrio del Cabanyal con su entorno territorial o urbano y evita usos degradantes para el propio conjunto.

