Articulo 2 Medidas 2019 Administrativas y Tributarias
Artículo segundo. Modificación de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
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Se modifica el artículo 80 que queda redactado de la siguiente forma:
"Artículo 80. Instituto Regional de Formación en Servicios Sociales y Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia.
1. Se creará un Instituto Regional de Formación en Servicios Sociales, sin personalidad jurídica propia, con el objeto de coordinar y promover todas las actuaciones relacionadas con la formación en servicios sociales. Este Instituto estará adscrito a la consejería competente en materia de servicios sociales.
2. Se creará un Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia, adscrito a la consejería competente en materia de servicios sociales y dependencia, con el objeto de llevar a cabo las actuaciones de investigación e innovación establecidas en el artículo 79".
