Articulo 2 Medidas para la construcción o reconstrucción de edificaciones destin...idencial en La Palma
Articulo 2 Medidas para la construcción o reconstrucción de edificaciones destinadas a uso residencial en La Palma
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»Artículo 2.- Ámbito objetivo.
Vigente
1. El presente Decreto ley será de aplicación a la construcción y reconstrucción de edificaciones destinadas a uso residencial en cualquiera de sus modalidades, incluyendo la vivienda vacacional, en situación legal o asimilada a la legal, destruidas por las coladas de la erupción volcánica acaecida a partir del 19 de septiembre de 2021.
2. Asimismo, será de aplicación a la rehabilitación de inmuebles afectados por dichas coladas para ser destinados a uso residencial, con o sin modificación del uso actual.
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO ley 9/2023, de 18 de diciembre, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
(BOC de 19-12-2023) en vigor desde 19-12-2023