Articulo 2 de Medidas Ene...e la COVID

Articulo 2 de Medidas Ene 2021 de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la COVID

Ver Indice
»

Segundo. Medidas de prevención aplicables

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. En todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, se recomienda a las personas mayores de 75 años, a las personas vulnerables al COVID-19 y a aquellas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda ver agravada por el uso de la mascarilla o que presenten alguna alteración que haga inviable su utilización, que eviten en su actividad diaria las salidas en las horas de previsible afluencia o concentración de personas en la vía pública y en espacios o establecimientos abiertos al público, con el fin de reducir los riesgos derivados de la coincidencia con otras personas.

2. Se mantiene, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, el cierre de las actividades de fiestas, verbenas y otros eventos populares, así como de las atracciones de ferias.

3. Asimismo, serán de aplicación, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, las medidas de prevención específicas recogidas en el anexo de la presente orden.

4. Las medidas tendrán la duración temporal prevista en el punto cuarto.