Articulo 2 Medidas extraordinarias por COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en Castilla y León
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»Artículo 2. Beneficiarios.
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Podrán acogerse a lo establecido en esta orden las entidades beneficiarias de las subvenciones indicadas en el artículo anterior.
Modificaciones
- Modificación realizada (2 (se corrige)) por CORRECCIÓN de errores de la Orden EEI/425/2020, de 29 de mayo, por la que se establecen medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 08-06-2020) en vigor desde 02-06-2020

