Articulo 2 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
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Artículo 2. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY 8/2008

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Se modifica el artículo 3 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos, que queda redactado del siguiente modo.

«Artículo 3.

Creación de los cánones

1. Se crean los cánones que gravan la destinación de los residuos municipales a la disposición del desperdicio mediante depósito controlado e incineración, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.

2. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos industriales a depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.

3. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos de la construcción a la disposición del desperdicio mediante depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014