Articulo 2 Medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible
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»Artículo 2. Compatibilidad tributaria
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La exacción del impuesto valenciano sobre estancias turísticas será compatible con la de otros tributos propios, en particular con aquellas tasas que puedan establecerse por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas que se refieran, afecten o beneficien de manera particular a los sujetos pasivos.

