Articulo 2 Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios
Articulo 2 Medidas urgent... servicios

Articulo 2 Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


(DEROGADO)

1. Las disposiciones contenidas en el título I de este real decreto-ley se aplicarán a las actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios previstos en el anexo de este real decreto-ley, realizados a través de establecimientos permanentes, situados en cualquier parte del territorio nacional, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros cuadrados.

2. Quedan al margen de la regulación contenida en el título I de este real decreto-ley las actividades desarrolladas en los mencionados establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.

Modificaciones