Artículo 2 medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
- Norma derogada desde el 5 de diciembre de 2025. - RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2025, de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de las Cortes de Castilla y León de derogación del Decreto-Ley 1/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
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»Artículo 2.- Modificación del Decreto 17/2018, de 7 de junio, por el que se regula la consolidación, convalidación y conservación del grado personal.
Derogado
Se da una nueva redacción a la disposición adicional del
«El intervalo de niveles correspondiente a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional es el siguiente:
| Grupo o subgrupo | Nivel mínimo | Nivel máximo |
| Subgrupo A1 | 22 | 30 |
| Subgrupo A2 | 20 | 26 |
| Grupo B | 18 | 24 |
| Subgrupo C1 | 15 | 22 |
| Subgrupo C2 | 14 | 18 |
| Agrupaciones profesionales | 10 | 14 |

