Articulo 2 Medidas urgent...el déficit

Articulo 2 Medidas urgentes para la reducción del déficit

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Artículo 2. Ámbito Subjetivo

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Las medidas contempladas en este Capítulo serán de aplicación, en los términos y condiciones que para cada supuesto se contempla en la presente norma, a.

1. El personal al servicio de Les Corts.

2. El personal al servicio de las Instituciones de la Generalitat.

3. El personal funcionario al servicio de la administración de Justicia.

4. El personal al servicio de la administración de la Generalitat, adscrito a la Presidencia, las consellerias y entidades autónomas dependientes de las mismas, sujeto a la Ley 10/2010 de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

5. El personal docente al servicio de la administración Educativa.

6. El personal al servicio de las Instituciones Sanitarias, así como el resto de personal gestionado por la conselleria con competencias en materia de sanidad.

7. El personal al servicio del sector público valenciano, tal y como queda definido en los apartados 2 y 3 del artículo 5 del texto refundido de la ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.