Articulo 2 Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
- Con efectos de 7 de marzo de 2025 se suspende la derogación de la presente norma, en la redacción dada por la Ley 1/2024, de 8 de noviembre. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 1014-2025, contra la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
- Con efectos de 9 de julio de 2025 se declara el mantenimiento de la suspensión de la derogación de la presente norma, en la redacción dada por la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, por Auto de 3 de julio de 2025. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 1014-2025, en relación con la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de Derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.
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»Artículo 2. Principios generales.
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Esta Ley se fundamenta:
a) En los principios de verdad, justicia, reparación y de no repetición, establecidos por el Derecho Internacional.
b) En el respeto de los derechos humanos y de las libertades públicas, el pluralismo político y la cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres.
c) En la voluntad de mantener la memoria de quienes sufrieron la muerte, el exilio, la cárcel, trabajos forzados, la persecución y la represión política durante el periodo al que se refiere el artículo 1 de la presente Ley.
