Articulo 2 Méritos autonó...ción Local

Articulo 2 Méritos autonómicos a valorar en los concursos para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local

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Artículo 2. Experiencia profesional.

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Se valorará el desempeño de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera o interino, reservados a personal funcionario de la escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como personal funcionario de carrera o interino en puestos no reservados a la escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en la Administración de la Junta de Extremadura, que impliquen el conocimiento de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La experiencia profesional se ajustará al baremo siguiente:

a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos de trabajo reservados a personal con habilitación de carácter nacional en las entidades locales del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

a.1) En puestos reservados de la misma subescala y categoría a la que se concursa: 0,03 puntos/mes.

a.2) En puestos reservados de distinta subescala y/o categoría a la que se concursa: 0,02 puntos/mes.

b) Servicios prestados en las entidades locales de la Comunidad Autónoma extremeña o en la Administración autonómica de Extremadura, como personal funcionario de carrera e interino, en puestos no reservados a funcionarios de la escala de habilitación nacional, correspondientes al grupo A1, que impliquen el conocimiento de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 0,01 puntos/mes.