Artículo 2 Modelo de papeleta de conciliación ante el SMAC de Galicia
Artículo 2. Presentación de solicitudes
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1. La papeleta de conciliación se presentará preferiblemente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. El citado anexo I de solicitud de conciliación previa hará las veces de papeleta de conciliación.
En aquellos casos en los que haya varios demandantes se cubrirá también el anexo II.
En aquellos casos en los que haya varios demandados se cubrirá también el anexo III.
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, las personas trabajadoras autónomas y las personas representantes de una de las anteriores, así como para aquellas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de dicha actividad profesional.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas obligadas a presentar la solicitud electrónicamente la presentara presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (http://sede.xunta.gal/chave365)
Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
