Articulo 2 Modelos 600, 6...rimoniales

Articulo 2 Modelos 600, 610, 620 y 630 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

Ver Indice
»

Artículo 2. Aprobación del modelo 610.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se aprueba el modelo 610. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Pago en metálico del impuesto que grava: I) los documentos negociados por entidades colaboradoras, y II) la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden; así como las instrucciones para su cumplimentación.

El modelo 610 y sus instrucciones de cumplimentación figuran en el anexo II de esta orden.

2. Este modelo deberá ser presentado en los siguientes casos:

a) Por aquellas entidades que estén autorizadas para colaborar en la gestión recaudatoria de los tributos, conforme al artículo 17 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que sean responsables solidarios del pago del impuesto al haber intervenido en la negociación o cobro de los recibos, pagarés, cheques y del resto de documentos mercantiles a los que se refiere el presente modelo, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley del impuesto, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y siempre que se acojan a la autorización y cumplan los requisitos establecidos la Orden de 12 de noviembre de 2001, del Ministerio de Hacienda, para realizar el pago en metálico, en sustitución del empleo de efectos timbrados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados.

b) Por aquellas entidades y personas que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del artículo 17.4 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista y que emitan los documentos a que se refiere el mismo que, optando por efectuar el pago en metálico del impuesto que grava la emisión de este tipo de documentos mercantiles, en sustitución del empleo de efectos timbrados, se acojan a la autorización y cumplan los requisitos establecidos en la Orden del Ministerio de Hacienda de 12 de noviembre de 2001 para realizar el pago en metálico del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados.

3. Este modelo consta de cuatro ejemplares: dos ejemplares para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, un ejemplar para el interesado y un ejemplar para la entidad colaboradora en la que se efectúa el ingreso.

El modelo incluye cuatro anexos (uno para cada tipo de documento: recibos, pagarés, cheques y otros documentos).

Cada uno de dichos anexos consta a su vez de tres ejemplares: dos ejemplares para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y un ejemplar para el interesado.