Articulo 2 Modificación de la Ley 22/2010, del Código de consumo, para protección de consumidores en créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo
Artículo 2. Adición de un apartado al artículo 111-1 de la Ley 22/2010
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1. Se añade un apartado, el 2, al artículo 111-1 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, con el siguiente texto.
«2. Los derechos y las obligaciones establecidos por el presente código son de aplicación, en la medida en que sean compatibles, a:
»a) Las relaciones de prestación de servicios entre las personas físicas empresarias que estén dentro del régimen especial de trabajadores autónomos y las empresas prestadoras de servicios básicos y servicios de trato continuado.
»b) Las relaciones entre empresas prestadoras de servicios básicos y servicios de trato continuado y los entes que tengan la consideración de microempresas de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo.»
2. El antiguo apartado único del artículo 111-1 de la Ley 22/2010 pasa a ser el apartado 1.
