Articulo 2 Modificación de la Ley 3/1993, forestal
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»Artículo 2. Principios de actuación
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La actuación pública en materia espacios forestales debe inspirarse en los principios de simplificación normativa y administrativa, de racionalización de las administraciones públicas y de no imposición de cargas que conlleven un coste innecesario para los ciudadanos y para la actividad económica.
Todo ello sin perjuicio de las medidas necesarias para tratar de obtener la mayor seguridad de personas y bienes y para tratar de lograr un patrimonio forestal, tanto público como privado, que proteja y conserve la diversidad vegetal, animal y, en general, un medio ambiente natural que contribuya a paliar y revertir los efectos del cambio climático.

