Articulo 2 Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
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»Artículo 2. Principios de actuación
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La actuación pública en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos debe inspirarse en los principios de simplificación normativa y administrativa, de racionalización de las administraciones públicas y de no imposición de cargas que conlleven un coste innecesario para los ciudadanos y para la actividad económica.
Todo ello, sin perjuicio de las medidas necesarias para tratar de obtener la mayor seguridad de personas y bienes, especialmente en el caso de los y las menores de edad.
