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Articulo 2 modificación del plazo de prescripción

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Artículo 2. - Modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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Se modifica el apartado 1 del artículo 27 de la Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto sobre Sucesiones y Dona ciones que queda redactado de la siguiente forma.

"1. Prescribirá a los cinco años el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación y la acción para imponer sanciones tributarias."