Articulo 2 el que se modifican para 2015 determinados tipos de retención e ingreso a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades
Artículo 2. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
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Con efectos desde el 1 de enero de 2015 se modifica el apartado 2 y se añade un apartado 3 a la disposición adicional quinta del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Decreto Foral 17/2015, de 16 de junio, que quedan redactados en los siguientes términos.
«2. Desde 1 de enero hasta 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta a que se refiere la letra a) del artículo 55 de este Reglamento será del 20 por 100. Dicho porcentaje será el 19,5 por 100 desde el 12 de julio al 31 de diciembre de 2015.
3. Desde 1 de enero hasta 31 de diciembre de 2015, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta a que se refieren las letras c) y d) del artículo 55 de este Reglamento será del 20 por 100».

