Articulo 2 No suspensión de plazos administrativos para la tramitación de la convocatoria para 2020, de subvenciones del Programa de Colaboración del Servicio Cántabro de Empleo con las corporaciones locales
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La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
