Articulo 2 Nombramiento de personal interino para el desempeño transitorio de plazas reservadas a funcionarios y contratación temporal de personal laboral
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»Artículo 2. Modalidades de vinculación.
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Las modalidades de vinculación que se aplicarán serán las siguientes:
1. Para la cobertura de los puestos reservados a personal funcionario, el nombramiento previsto en el artículo 23 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia.
2. Para la cobertura de puestos reservados a personal laboral, las modalidades contracturales previstas en el Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y preferentemente el contratato de interinidad.
Modificaciones
- Artículo modificado (2) por DECRETO 124/2016, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.
(G de 19-09-2016) en vigor desde 20-09-2016
