Articulo 2 Normas de organización y funcionamiento del Consejo de Transparencia
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»Artículo 2. Adscripción.
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El Consejo de Transparencia de Navarra, a efectos del apoyo jurídico, técnico y administrativo necesario para el ejercicio de sus funciones, se adscribe orgánicamente, sin dependencia jerárquica y con autonomía funcional, al Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
El Consejo de Transparencia de Navarra contará con los medios personales y materiales del Departamento que le sean necesarios para el ejercicio de sus funciones de transparencia y acceso a la información pública.
