Artículo 2. ORDEN de 8 de julio de 2026, Galicia, Plan de inspección en materia de seguridad industrial 2026
Artículo 2. Objeto, contenido y ámbito de actuación del Plan de inspección en materia de seguridad industrial.
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1. El objeto del Plan de inspección en materia de seguridad industrial será la comprobación de la adecuación de la puesta en funcionamiento y las condiciones de servicio de los establecimientos, instalaciones, actividades y productos respecto de uno o varios de los reglamentos de seguridad y normativa que les sean aplicables.
2. El Plan de inspección en materia de seguridad industrial 2026 estará compuesto por cinco programas:
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Programas |
Sectores |
Nº de inspecciones |
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1 |
Instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial |
Instalaciones eléctricas de baja tensión |
250 |
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Alta tensión y centros de transformación particulares |
100 |
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Ascensores |
150 |
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Instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos líquidos: suministro a vehículos |
100 |
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Instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos para el suministro de combustible a vehículos propios |
100 |
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Instalaciones térmicas en los edificios |
50 |
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|
Instalaciones de almacenamiento de productos químicos |
50 |
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Instalaciones de seguridad contra incendios en establecimientos industriales con nivel de riesgo intrínseco bajo |
50 |
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|
Instalaciones con equipos a presión |
30 |
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Grúas torre |
100 |
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2 |
Empresas instaladoras o mantenedoras en el ámbito de la seguridad industrial |
Declaraciones responsables de empresas instaladoras o mantenedoras en el ámbito de la seguridad industrial |
100 |
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3 |
Accidentes graves |
Establecimientos industriales afectados por el Real decreto 840/2015, de 21 de septiembre, en su nivel superior |
Todas las de nivel superior |
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Establecimientos industriales afectados por el Real decreto 840/2015, de 21 de septiembre, en su nivel inferior |
20 |
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4 |
Organismos de control |
Declaraciones responsables de organismos de control en el ámbito de la seguridad industrial |
Todos los O.C. en activo de los que la C.A de Galicia sea su autoridad de origen |
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5 |
Personas técnicas tituladas competentes |
Declaraciones responsables realizadas por personas técnicas tituladas competentes en procedimientos ligados a la seguridad industrial |
20 |

